Comunicaciones a la CNMV
Desde esta página puedes consultar las comunicaciones sobre la Sociedad enviadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por la propia Sociedad o por terceros. El formato de estas comunicaciones se genera por la aplicación informática de la CNMV utilizada para enviarlas.
Las comunicaciones se clasifican en información privilegiada y en otra información relevante.
La información privilegiada es aquella de carácter concreto, no pública, referida a un emisor o instrumento financiero que, de hacerse pública, podría influir de manera apreciable en el precio, mientras que la categorizada como otra información relevante no afecta al precio.
Las anteriores Comunicaciones a la CNMV se encuentran disponibles para su consulta en la web de la CNMV
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Nota 1: Esta comunicación, que constituye “otra información relevante”, se ha remitido por error a la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 24 de septiembre de 2025 por el canal de “información privilegiada” con el número de registro oficial 2898.
Nota 2: Esta comunicación, que constituye “otra información relevante”, se ha remitido por error a la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 24 de septiembre de 2025 por el canal de “información privilegiada” con el número de registro oficial 2899.
Nota 3: Esta comunicación, que constituye “otra información relevante”, se ha remitido por error a la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 24 de septiembre de 2025 por el canal de “información privilegiada” con el número de registro oficial 2900.
Nota 4: Esta comunicación, que constituye “otra información relevante”, se ha remitido por error a la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 24 de septiembre de 2025 por el canal de “información privilegiada” con el número de registro oficial 2901.
Nota 5: Esta comunicación, que constituye “otra información relevante”, se ha remitido por error a la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 24 de septiembre de 2025 por el canal de “información privilegiada” con el número de registro oficial 2903.


